La ordenanza Nº1152/18 que rige sobre las heladerías locales, para que incorporen en sus gama de gustos opciones para celíacos ya lleva 28 días de vigencia. Impulsado desde el Ejecutivo y aprobado desde el Concejo, la ordenanza establece sanciones y multas para aquellos que no cumplan con los requisitos expuestos dentro de los 60 días de sancionado. Aquellos comercios que se encuentren dentro de la ciudad de Funes en el rubro gastronómico dedicados a la producción y venta de helados, deberán adaptar sus ofertas para que todos los vecinos tengan la opción de poder elegir productos sin TACC.
En el año 2009 se sancionó la Ley nacional Nº 26.588 a favor de los pacientes con celiaquía. Esta enfermedad afecta aproximadamente a 1 de cada 1000 personas y es una patología crónica. Se genera por consumir gluten, por lo que los pacientes deben evitar el trigo, la cebada y el centeno. Más allá de las dificultades para elegir y conseguir este tipo de alimentos, característicamente resultan más caros y son más difíciles de conseguir.
A fin de compensar esta situación, la ley estableció de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. Por su parte el Gobierno de la ciudad de Funes en este 2018, dispuso una ordenanza que promueve y aplica a todos los comercios gastronómicos la necesidad de que incorporen en sus ofertas gastronómicas opciones celiacas para todos los habitantes que tengan esta patología.
La Ordenanza sin TACC regenta en heladerías locales
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