Capacitación en Manipulación Segura y Saludable de Alimentos en Funes
Se trata de las 11 nuevas actividades exceptuadas del aislamiento preventivo obligatorio, dictaminadas por el Gobierno Nacional:
*Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
*Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
*Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
*Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la
logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
*Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
*Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
*Ópticas, con sistema de turno previo.
*Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago
de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar
atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
*Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
*Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
*Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.