Crédito a tasa cero para monotributistas: hasta cuándo se puede solicitar y cuáles son los requisitos

La AFIP ya otorgó más de 360.000 Créditos a Tasa Cero para monotributistas por un valor superior a los $42 mil millones.

Los préstamos se tramitan a través de la página web de AFIP.
Los préstamos se tramitan a través de la página web de AFIP.

08 de Noviembre de 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorgó hasta el momento más de 360 mil créditos a tasa cero, un beneficio para monotributistas que quedará abierto hasta el 31 de diciembre de este año.

El organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont indicó que “ya se otorgaron más de 360 mil Créditos a Tasa Cero para monotributistas por un valor superior a los 42 mil millones de peso”.

En este sentido, AFIP recordó que los préstamos para pequeños contribuyentes cuentan con 6 meses de gracia y la devolución se realiza en 12 cuotas sin intereses. Del total de créditos otorgados, el 60% se destinaron a monotributistas de las categorías más bajas (A y B), precisó el organismo.

El monto máximo a acceder de los Créditos a Tasa Cero depende de la categoría en la que se encontraba registrado cada monotributista al 30 de junio. Al respecto, los montos máximos son:

  • En la Categoría A hasta $90.000
  • En la Categoría B: hasta $120.000
  • En el resto de las categorías: hasta $150.000.

Para acceder al beneficio, los contribuyentes deben encontrarse adheridos al Régimen Simplificado desde, al menos, el 31 de mayo de 2021; poseer constituido el domicilio fiscal electrónico; no percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación y no estar, al 30 de junio de 2021, en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.

Asimismo, no deben revestir la condición de sucesión indivisa, ni haber sufrido la ejecución de la garantía FOGAR por el crédito a tasa cero obtenido en el marco del Programa ATP. Tampoco pueden registrar, al momento de la solicitud, una categoría mayor a la que se encontraba vigente al 30 de junio de 2021. A su vez, una vez que hubieran accedido al beneficio y hasta la cancelación total del crédito, los beneficiarios no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones de formación de activos externos, ni realizar ventas en el país de títulos valores en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos, ni transferirlos a entidades del exterior.

Los préstamos, garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo, se tramitan a través de la página web de la AFIP y las entidades financieras los acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista. Los préstamos contarán con seis meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.

La herramienta se tramita con clave fiscal a través del sitio web de la AFIP, hasta el 31 de diciembre de 2021; allí, cada monotributista podrá conocer si, de acuerdo con los criterios fijados por la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo, está habilitado a tramitar un Crédito a Tasa Cero. El tope del préstamo al que podrá acceder cada contribuyente dependerá de la categoría de su monotributo previa a la recategorización (la que se encontraba vigente al 30 de junio):

Finalmente, quienes accedieron a un Crédito a Tasa Cero en 2020 “podrán volver a tramitarlo; cuando la o el solicitante se encuentre en una situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior”.

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